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Deuda que tiene un organismo público (ayuntamiento, comunidad autónoma y país).
Este tipo de deuda se reconoce mediante títulos que devengan interés.
La Deuda Pública es el conjunto de deudas que tiene el Estado (incluyendo aquí la deuda de los ayuntamientos, comunidades autónomas, y el propio Estado), es decir el
dinero que pide para poder financiar todos los
gastos e
inversiones del país. Es un gasto únicamente del Estado, y se recoge en esta partida, además, tanto la
amortización como los gastos financieros en
euros y
moneda extranjera.
Cuando hablamos de Deuda Pública se debe distinguir entre la
amortización, que es la devolución del principal, o lo que es lo mismo del dinero que se le presta al Estado; y los gastos financieros, que son los intereses que se van generando anualmente, recogido todo ello en la sección 06 de los
presupuestos Generales del Estado:
enlace año 2015, y enlace a los
Presupuestos Generales del Estado 2016.
En el caso de España se puede hacer la siguiente clasificación de la
deuda pública: