Es aquel impuesto que grava las operaciones relativas a las sociedades.
1) Constitución de sociedades.
2) Aumento de capital de sociedades.
3) Aportaciones de socios que no supongan aumento del capital social.
4) Traslado a España de la sede de una sociedad cuando anteriormente no se encontraba situada en un Estado miembro de la UE.
5) Disminución de capital de sociedades.
6) Disolución de sociedades.
Sin embargo, el artículo 3 del real Decreto 13/2010, de 3 de diciembre, exonera la tributación de los cuatro primeros tipos de operaciones por no ser lógico obstaculizar dichas actividades en la coyuntura económica actual.