Sistema de reglas que se aplican a la propiedad y reparto de bienes entre los conyuges (matrimonio). El Código civil español establece tres tipos de regimenes:
De sociedad de gananciales: al contraer matrimonio las propiedades de los conyuges forman un patrimonio común que se repartirá entre ambos en caso de separación.
De separación de bienes: cada conyuge conserva la propiedad de sus bienes adquiridos antes y durante el matrimonio.
De participación: las ganancias obtenidas por cada conyuge se comparten con el otro mientras dure el matrimonio.
El código civil español establece las disposiciones del régimen económico matrimonial en el LIBRO CUARTO. De las obligaciones y contratos. TÍTULO III. Del régimen económico matrimonial.