protección al consumidor

Se define como tal a todos los mecanismos existentes para conseguir la defensa o protección del consumidor frente a una situación de indefensión, inseguridad o desprotección frente a otro sujeto, principalmente un empresario, otro consumidor o un tercero.
 
Se define como consumidor, según el artículo 3 de Texto refundido de la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre), a aquellas personas físicas o jurídicas que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional.

De acuerdo a la Ley, los consumidores y usuarios tienen reconocidos los siguientes derechos.
a) La protección a su salud o seguridad.
b) La protección de sus fundados intereses económicos y sociales como consumidores.
c) La indemnización de daños y reparación de los perjuicios sufridos como consumidores.
d) El derecho a ser informados de forma correcta sobre los productos y sobre su correcto uso o disfrute.
e) Derecho de audiencia y protección como consumidores.

La protección de los consumidores se realiza por medio de diversas asociaciones (FACUA, OCU).