Es el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, también conocido como Impuesto de circulación.
En España, es un impuesto municipal obligatorio que grava la titularidad de vehículos de motor aptos para circular por las vías públicas, independientemente de su clase o categoría. Son vehículos aptos para la circulación aquellos matriculados por cualquier registro oficial, normalmente la Dirección General de Tráfico, DGT, al igual que los vehículos provistos de permisos temporales y matrícula turística.
Debido al carácter municipal de éste, son los ayuntamientos los encargados de la gestión, inspección y recaudación de dicho impuesto.
Algunos ejemplos de vehículos cuya titularidad no está gravada por este impuesto son los vehículos de colección, los que se encuentran en situación de baja y no son aptos para circular, y también aquellos a los que se les otorga un permiso puntual para participar en carreras u otro tipo de eventos deportivos o festivos.
Además, cabe mencionar, que los vehículos oficiales adscritos a la defensa nacional o a la seguridad ciudadana, ambulancias de la Cruz Roja,etc., estarían exentos de pagar el impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.