Salario Mínimo Interprofesional

Sueldo mínimo que un trabajador debe recibir por el desempeño de sus funciones. Es fijado por el Gobierno en función de indicadores clave del país como IPC, productividad...

Es la cuantía mínima a retribuir a un trabajador en función a su jornada laboral. Su regulación se encuentra en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores.


En ocasiones, los convenios de cada sector establecen un salario mínimo para los trabajadores del colectivo, aumentando así el sueldo mínimo.

El SMI "Salario Mínimo Interprofesional" se fija con periodicidad anual por el Gobierno a través de un Real Decreto y se tiene en cuenta para su cálculo indicadores como el IPC, la productividad del país.

La cuantía del salario mínimo para 2017 se establece en salario día (23,59 euros;) o salario mes (707,60 €euros).

Evolución del SMI desde 2002:

Año    SMI Día   SMI Mes
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2017   23,59 €   707,60 €
2016   21,84 €   655,20 €
2015   21,62 €   648,60 €
2014   21,51 €   645,30 €
2013   21,51 €   645,30 €
2012   21,38 €   641,40 €
2011   21,38 €   641,40 €
2010   21,11 €   633,30 €
2009   20,80 €   624,00 €
2008   20,00 €   600,00 €
2007   19,02 €   570,60 €
2006   18,03 €   540,90 €
2005   17,10 €   513,00 €
2004   15,35 €   460,50 €
2003   15,04 €   451,20 €
2002   14,74 €   442,20 €