sociedad limitada

Es una Sociedad de responsabilidad Limitada (S.R.L.) que ha sido constituida por un pequeño número de socios, los cuales tienen derechos en proporción al capital aportado, el cual también es el límite por el cual responden a las deudas.

Es un tipo de Sociedad Mercantil muy utilizado en España por pequeños empresarios autónomos puesto que de esta forma limitan su responsabilidad al capital aportado a la sociedad, evitando así responder con su patrimonio personal ante las deudas de sus negocios.

Existe una normativa que regula este tipo de sociedades. En el caso de las sociedades limitadas, en cuanto a los socios, existe un mínimo de uno y no hay máximo limitado, pudiendo tratarse además de personas físicas o jurídicas. La responsabilidad de éstos es solidaria entre ellos y limitada al capital aportado, de manera que los socios no responden ante las deudas con su patrimonio personal. Además pueden ser socios trabajadores y/o únicamente socios capitalistas. En lo que respecta al nombre o la Denominación Social de la empresa, se debe consultar el registro mercantil para comprobar que el nombre que se pretende otorgar no ha sido registrado con anterioridad para otra empresa.

A continuación se le añadirá “Sociedad de responsabilidad Limitada” o “sociedad limitada” o sus abreviaturas “S.R.L.” o “S.L.”. Para dar de alta una sociedad limitada hay que desembolsar un capital mínimo legal de 3.000 €euro;, que puede estar en forma de dinero o de especie, poniéndose a disposición algún bien valorado en dicha cantidad o superior y aceptado por todos los socios que conformen la sociedad limitada en el momento de su fundación. Posteriormente el capital social se divide en participaciones de acuerdo a ciertas limitaciones legales.

En el momento de establecer la sociedad limitada también hay que determinar un Domicilio Social, que con frecuencia es la dirección en la que se encuentra la empresa, un Objeto Social, referido a la actividad o actividades a las que se dedicará la empresa, y una Constitución, que se llevará a cabo a través de unos estatutos y escritura pública que tendrá que firmarse ante notario y presentarse en el registro mercantil.

Es importante saber también que toda sociedad limitada está obligada a tributar por el impuesto de sociedades y el iva. Y en lo que respecta a la seguridad social, los administradores y socios que dispongan de control sobre la sociedad limitada, estarán integrados en el régimen de autónomos, el resto tributaran en el régimen general de la seguridad social. Las sociedades limitadas estás reguladas por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de capital, que sustituye a la Ley 2/1995, de 23 de marzo de Sociedades de responsabilidad Limitada.