SICAV

SICAVs son las siglas de Sociedades de Inversión de capital Variable (SICAVS). Estas sociedades son instrumentos financieros que captan el ahorro de personas y los canalizan hacia unas inversiones financieras.

La gestión no la realizan los inversores sino que es gestionada por terceros. Son personas jurídicas propia, apoyada en la sociedad anónima en la que se ha creado. Las SICAVS son sociedades que se encuentran encuadradas dentro de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), por lo que las normas que se aplican a las SICAVs irán en la misma línea que las que se aplican a las ICC. Las SICAVs deben cumplir una serie de requisitos:

  •  El número mínimo de accionistas debe ser de 100.
  •  La autorización, registro y control de las SICAVs está supervisado por la CNMV.
  •  El capital social inicial de una SICAV será de 2.400.000 euros como mínimo, totalmente suscrito y desembolsado.
  •  Se pueden crear SICAVs por compartimentos diferenciados con objetivos de inversión distinta. En el caso de existir compartimentos, cada uno contará de manera independiente con un mínimo de 20 accionistas y un capital de 480.000 euros, sin perjuicio de cumplir los mínimos anteriores.
  •  La gestión de la SICAV la puede realizar la propia sociedad anónima o puede encomendarse su gestión a una sociedad gestora.
  •  La SICAV puede realizar operaciones con acciones propias sin tener que cumplir con los requisitos impuestos por la Ley de Sociedades Anónimas.
Existe una serie de limitaciones a las inversiones:
  • Coeficiente de control: No más del 5% de los valores emitidos o avalados por una misma entidad.
  • Coeficiente de inversión: Al menos el 90% del activo estará invertido en valores mobiliarios admitidos a cotización en mercados organizados reconocidos oficialmente.
  • Coeficiente de liquidez: Mínimo 3%.
  • Coeficiente de diversificación: No más del 5% de su activo invertido en valores de una misma sociedad.Este límite queda ampliado al 10%, siempre que el total de las inversiones de la SICAV, en valores en los que se supere el 5%, no exceda del 40% del activo de la misma.
Las SICAVs tienen una serie de peculiaridades fiscales que hacen de ellas instrumentos muy atractivos por sus ventajas sobre Fondos de Inversión por ejemplo. Estas son alguna de ellas:
  • La ventaja fiscal de la que tanto se habla de las SICAV no es, en contra de lo que muchos creen, que sus dueños puedan reducir los impuestos que se pagan, sino que permite diferir su pago. En cuanto el dinero está a nombre de la SICAVs y éste se invierte, los posibles beneficios obtenidos de la inversión tributan al 1% en lugar de al 30% en el impuesto de sociedades siempre que el capital permanezca en la SICAV. No obstante, cuando la SICAV devuelve el capital a su dueño, entonces éste tributa igual que las acciones y paga lo mismo que cualquier inversor: entre un 19 y un 21%. Esta ventaja se ve muy clara respecto a la inversión directa en acciones o renta fija ya que en el momento de la venta de los bonos o las acciones hay que tributar. No se ve tan clara respecto a los fondos de inversión que se pueden traspasar sin tributar y mantienen las plusvalías en cartera durante muchos años, haciendo que ese dinero genere a su vez plusvalías. Así, los fondos de inversión disponen en realidad de una fiscalidad que en muchos casos puede ser mejor que las SICAV.
  • La verdadera ventaja, y en este caso es muy clara incluso frente a los fondos de inversión también, radica en las reducciones de capital. Esto significa que los dueños de la SICAV pueden sacar dinero sin tributar hasta que no supere la cantidad inicialmente invertida, porque se considera que lo que se retira es capital y no las ganancias obtenidas por las inversiones de las SICAV. Es lo que se conoce como criterio FIFO (First In First Out), es decir, que lo primero que inviertes es capital y lo primero que sacas también.
  • Otra ventaja de la SICAV, más allá de las fiscales, se encuentra en el control de la inversión por parte de los dueños, algo imposible de llevar a cabo en un fondo de inversión, cuya gestión escapa a la voluntad de los partícipes. Muchos son los que piden aumentar la presión fiscal a este tipo de instrumento financiero, pero es una situación difícil. La razón fundamental es que si se les exigen más impuestos a las SICAVS, se irán a otros países donde sea más fácil obtener más rentabilidad trasladando su patrimonio a una sociedad de otro país con una legislación menos restrictiva. Haría falta una acción coordinada de todos los países importantes para endurecer todos a la vez las normas, y a la vez para obstaculizar lo suficiente la salida del dinero a países no participantes de dicha acción coordinada, para poder hacer algo.