Es una asociación de personas físicas o jurídicas, que poseen intereses económicos comunes, y por tanto se juntan para desarrollar una actividad empresarial. Los resultados económicos que se obtengan en la misma se imputarán a los socios.
Su constitución se debe realizar su inscripción en el registro de Cooperativas. Entre los requisitos y características que presentan este tipo de sociedades son:
- El número de socios mínimo es de 3
- El capital social mínimo será el que se fije en los estatutos
- Los socios no responden personalmente de las deudas sociales, salvo que se mencione en los estatutos.
- Tributan en a través del impuesto sobre Sociedades.
Existen diversos tipos de
sociedades cooperativas:
- Cooperativas de trabajo asociado.
- Cooperativas de consumidores y usuarios.
- Cooperativas de viviendas - Cooperativas agrarias.
- Cooperativas de explotación comunitaria de la tierra.
- Cooperativas de servicios - Cooperativas del mar.
- Cooperativas de transportistas - Cooperativas de seguros.
- Cooperativas sanitarias.
- Cooperativas de enseñanza.
- Cooperativas de crédito.
Los órganos de las sociedades cooperativas son:
- La Asamblea General.
- El Consejo Rector.
- La Intervención.