licencia de actividades

Licencia o permiso que es necesario obtener para poder empezar una actividad en un determinado local.

Esta licencia es aprobada por el Ayuntamiento en el que se encuentre el establecimiento. La solicitud de esta licencia se deberá realizar antes de la apertura del establecimiento. La concesión de la misma supone que el mismo posee todos los requisitos exigidos por la normativa.

En algunas ocasiones esta licencia (antes llamada licencia de actividades e Instalaciones o Licencia de Apertura) incluye la licencia de obra.

Para solicitar esta licencia se puede realizar de diferentes maneras:

  • Actuación comunicada: actividades de reducido impacto urbanístico, sin obras u obras muy sencillas.
  • Procedimiento simplificado: actividades sencillas que requieren de una declaración suscrita por un técnico competente así como de un visado del colegio profesional.
  • Procedimiento ordinario: cuando las actividades que se quieran realizar puedan suponer riesgos o molestias por el propio trabajo.
En algunas ocasiones, para facilitar la rapidez y el ahorro de tiempo en trámites administrativos, la licencia de actividad no es necesaria. Un ejemplo de este caso es aquel en el que la superficie útil de exposición y de venta el público no sea superior a 300 metros cuadrados (BOE 126/2012)