Es aquella persona física que de forma habitual, personal, y en nombre propio, realiza una actividad, bien sea comercial, industrial, o profesional, para conseguir uns beneficios.
Cualquier persona que se convierta en empresario individual pasará a ser un trabajador por cuenta propia o autónomo. Para poder ser empresario individual se debe ser mayor de edad y tener una libre disposición de sus bienes. Entre las principales ventajas que puede otorgar esta forma jurídica se encuentran las siguientes:
- A la hora de constituirse no requiere de demasiados trámites administrativos, como por ejemplo no es necesario su inscripción en el registro mercantil.
- No se exige un capital mínimo inicial.
- Se gestiona de manera propia y personal la empresa.
- En materia fiscal, se paga de acuerdo a las ganancias (IRPF).
En cuanto a los inconvenientes que se pueden presentar son:
- El propio empresario individual asume todo el riesgo a la hora de crear un negocio.
- En materia de deudas, el propio empresario individual responde tanto con los bienes de la empresa como los suyos propios, llegándose a incluir en los mismos los del cónyuge si no existe separación de bienes. En este apartado queda exceptuada la vivienda habitual.