Si el deudor no cumple con las obligaciones contraídas, el
acreedor estará facultado para exigir solidariamente los débitos pendientes al deudor o avalista quienes responden con los bienes presentes y futuros.
Dependiendo de la persona que actúe como avalista, se puede diferenciar entre:
- Personas físicas o jurídicas: actúan en su propio nombre y garantiza la operación con todos sus bienes (presentes y futuros).
- Avales bancarios: cuando los emiten las entidades financieras y se supone que gozan de una liquidez inmediata.
Además existen diferentes tipos de avales, entre los que se puede destacar:
El ámbito en donde más suelen utilizarse los avales es en la contratación de préstamos. De esta manera cuando un cliente solicita un préstamo y no posee capacidad de pago suficiente en ese momento, la entidad financiera requiere que otras personas le avalen, esto es, que se comprometan de manera solidaria al pago de la
deuda contraída con la misma.