el embargo

Intervención judicial para inmovilizar, retener o secuestrar un bien con el fin de poder cumplir con el pago de una determinada deuda. Normalmente se suele producir ante préstamos hipotecarios.

El proceso del embargo viene precedido por las siguientes situaciones:

1. El impago de las cuotas. En el momento en que un cliente deja de pagar un número determinado de cuotas (no únicamente una), el banco se pone en contacto con él. Si el cliente no responde o no paga, se le incluye en una lista de morosos, así como que la entidad acude a una asesoría jurídica para su reclamación judicial.

2. Negociación. Como a ninguna de las dos partes les interesa un embargo, ambas partes renegocian las condiciones. Bien es cierto que en épocas de bonanza, antes del estallido de la burbuja inmobiliaria, este proceso podría concluir aquí, ya que los propios clientes de la vivienda podrían venderla y recuperar el dinero, pero en la actualidad, tras el descenso del precio de la vivienda esta situación se ha complicado.

3. Ejecución del embargo. Si no se llega a un acuerdo entonces el banco iniciará el proceso de ejecución. Este proceso puede tardar entre 8 y 18 meses. En cuanto el juez ordene el embargo de la vivienda, entonces el banco le mandará una carta comunicándole su situación y diciéndole que deberá abandonar la vivienda.