ERE

Son las siglas del llamado Expediente de Regulación de Empleo.

Es un proceso por el cual una empresa (o en algunos casos los trabajadores) solicita la finalización de la relación laboral con varios de sus trabajadores a la vez, es decir un procedimiento de despido colectivo contemplado en la legislación española. Según la ley, debe estar motivado por motivos técnicos, económicos, organizativos o de producción. Para que sea considerado un ERE, debe de afectar al siguiente número de trabajadores en función del tamaño de la empresa:

  • Empresas de menos de 100 trabajadores: mínimo a 10 trabajadores
  • Empresas entre 100 y 300 trabajadores: al 10% de la plantilla
  • Empresas de 300 trabajadores: a más de 30 empleados

Este procedimiento no puede ser adoptado por la empresa de forma libre sino que requiere de una serie de trámites administrativos. Para ello es necesario que la empresa solicite una autorización a la autoridad laboral pertinente. En este caso suelen ser las Direcciones Provinciales de Trabajo y de la seguridad social las encargadas de tramitar dichos expedientes, aunque si bien es cierto, si la empresa es de ámbito estatal y el ERE tiene una especial trascendencia social, en este caso se tramitaría ante el Ministerio de Trabajo. En esa solicitud es necesario que se expliquen los motivos por los cuales se quiere llevar a cabo el ERE, así como explicar por qué el despido soluciona la situación que atraviesa la empresa.

A continuación se establece un periodo de consulta a través del cual ambas partes (empresa y trabajadores) darán sus respectivas opiniones, durando como máximo 15 o 30 días en función de si la empresa posee menos o más de 50 trabajadores. Tras este periodo la autoridad pertinente (Dirección General de Trabajo) toma una resolución administrativa. La situación de un ERE se produce bien cuando:
  • Los pacta la empresa con los trabajadores
  • Lo decide el Consejo de Administración
  • La empresa se ve afectada por circunstancias económicas especiales

Existen diversos tipos de ERE:
  •  La empresa financia el 50% de la indemnización y el otro 50% es asumido por fondos públicos.
  •  El 100% de la indemnización es asumido por fondos públicos. Suele ser el caso en el que la empresa quiebra.
  •  La compañía financia el 100% de la indemnización, denominándose normalmente ERE de prejubilación.

Es importante decir también que el despido colectivo permite al trabajador acceder a la prestación por desempleo. Así mismo, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con el máximo de 12 mensualidades.

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Pepa Romero ¿Qué es un ERE?

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