tributo

Ingreso público que consiste en un pago en dinero (prestación pecuniaria), la cual exige una Administración Pública como consecuencia de haber realizado un hecho (presupuesto de hecho) y que sirve para poder contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.

Tienen las siguientes características:

  • Prestación pecuniaria: esto es que se debe pagar en dinero
  • Carácter coactivo: no tiene nada que ver si el contribuyente quiere pagarlo o no, es una obligación. 
  • Se establece por un ente público: sólo tienen potestad para establecer los tributos los organismos públicos (Estado, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos). 
  • Se debe aprobar mediante Ley.
  • Tiene como fin el financiamiento de los gastos públicos. 
Los tributos se rigen por diferentes normas, en función de su ámbito de aplicación:
  • La Constitución Española
  • Los tratados o convenios internacionales
  • La Ley General Tributaria
  • Las diferentes ordenanzas fiscales que puedan establecer las diversas corporaciones, especialmente los ayuntamientos.
Existen diversos tipos de tributos:
  • Tasas
  • Contribuciones especiales 
  • Impuestos tasas Las tasas son tributos, cuyo hecho imponible se basa en la utilización privativa o beneficio del dominio público, así como la prestación de servicios que no puedan ser realizados por el sector privado. En este caso, a diferencia de los impuestos, se establece el principio de beneficio. Algunos ejemplos que se pueden nombrar son: la terraza de una cafetería, las tasas universitarias, etc. 
  • Contribuciones especiales: son aquellos tributos cuyo hecho imponible consisten la obtención de un beneficio o un aumento de valor de los bienes, como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicio públicos. Como ejemplo es en el que un ciudadano posee una casa en un municipio. El ayuntamiento decide ampliar la línea de autobús llegando hasta el domicilio de dicho ciudadano, o en otro caso podría ser una ampliación de la carretera, con farolas, acera, etc.
  • Impuestos: aquellos tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente. Algunos de los ejemplos serían el iva, impuesto Sobre Sociedades, impuesto Sobre las Personas Físicas.