Aquel procedimiento que permite pagar de manera “automática y directa” determinados servicios desde una cuenta bancaria, sin tener que estar dando la orden y la autorización repetidamente para que se paguen. Sirvan como ejemplos la domiciliación de los recibos del teléfono, el gas, el seguro de coche, etc.
Este servicio, por lo general, sólo lo pueden contratar aquellas personas que tengan una cuenta de cheques o con tarjeta de débito o crédito.
El acuerdo para realizar el
pago o cargo puede ser puntual (por un
periodo temporal) o de forma indefinida. A su vez, los recibos pueden estar a nombre del
titular o de otra persona. Eso sí, la autorización de cargo en la cuenta corriente sólo podrá darla el titular. Los recibos o facturas son de empresas que cobran por servicios como el teléfono, televisión por cable, colegios, etc.; o por bienes,
contribuciones o
impuestos.
La domiciliación tiene las siguientes ventajas, entre otras:
- Te da la tranquilidad y seguridad, ya que se paga de manera puntual.
- No tienes que desplazarte a realizar el pago o perder el tiempo en hacer colas.
- Posees la garantía de que se pueda reembolsar el dinero en caso de disconformidad con el cargo efectuado 24 horas después de haber entregado la reclamación por escrito en el banco que maneja tu cuenta.
- Conocimiento exacto de los pagos efectuados, a través de tu cuenta bancaria.
Aunque lo más habitual es domiciliar pagos, también es posible domiciliar
ingresos, siendo el caso más habitual la domiciliación de la
nómina.
Aquí puedes ver un ejemplo de un recibo de
adeudo por domiciliación, con una explicación detallada de cada apartado, así como un vídeo explicativo del mismo.