Préstamo cuya devolución tiene como garantía solo a quien lo solicita y cuyo fin no es una actividad empresarial, por lo que suele tener un monto ajustado a financiar desde la adquisición de un electrodoméstico hasta una reforma del hogar, pasando por cambiar de coche o unas vacaciones; es decir, gastos y adquisiciones de consumo que pueden requerir en algún momento determinado de algún tipo de financiación.
Los préstamos personales, requieren la garantía personal del prestatario y, normalmente, de uno o varios avalistas, y se suelen someter a verificación de fedatario público. La garantía asociada a este producto permite adoptar plazos de varios años y cuantías suficientes como para financiar compras de importes elevados.
Los elementos de los préstamos personales son:
- Plazo: período máximo para la devolución del préstamo. Normalmente, a mayor plazo, mayor será el tipo de interés. Esto es debido a dos motivos principales:
a) Por un lado, cuanto más tiempo transcurra, mayores posibilidades hay de que surja alguna circunstancia que dificulte el reembolso del préstamo (es decir, aumenta el llamado riesgo de crédito).
b) Por otra parte, también aumenta el riesgo de interés, es decir, de que se incrementen los tipos, con lo que la rentabilidad real del préstamo disminuiría (los fondos captados para conceder la financiación resultarían más caros).
- Tipos de interés: Es el precio al que se retribuyen los fondos prestados, y depende de los tipos de interés de los mercados financieros y del perfil de riesgo de la operación.
Por ejemplo, si un cliente tiene la nómina domiciliada en la Entidad que concede el préstamo, el tipo de interés suele ser menor, pues se reduce el riesgo de impago.
- Avales: Es habitual que, a efectos de cubrir las posibles eventualidades que puedan surgir durante la vigencia de un préstamo al consumo, las entidades financieras soliciten la garantía de uno o varios avalistas. Los avalistas, tienen que garantizar la deuda de forma solidaria con cada uno de los prestatarios, renunciando a los beneficios de división, orden y exclusión, es decir, cada uno de ellos responderá de la totalidad de la deuda, y cualquiera puede ser el primero en tener que responder de la misma, incluso antes que el propio titular, con lo que se encuentran en la misma posición y tienen la misma responsabilidad que el titular del préstamo.
También renuncian a los beneficios de notificación de incumplimiento y de relevación de fianza por prórroga, es decir, el avalista no tiene por qué recibir notificación de vencimiento anticipado del préstamo por incumplimiento, sino que se le puede exigir la totalidad de la deuda, y desde un primer momento se considera que da su consentimiento ante cualquier prórroga que pueda tener lugar. Las garantías de una operación pueden reducir el precio de la misma, ya que implican un menor nivel de riesgo.
- Comisiones: Son las tarifas que aplica la Entidad para abonar los gastos inherentes a la operación, como por ejemplo la intervención de fedatario público, y compensar las operaciones asociadas al préstamo, como el estudio de viabilidad, la tramitación de solicitud y concesión, comprobación de bienes y garantías, etc.