La garantía mutual consiste en avalar un microcrédito concedido a un individuo o a un grupo de socios con escasos medios económicos. Esta garantía, otorgada por sociedades microfinancieras sin ánimo de lucro o por los demás miembros del grupo, trata de cubrir el posible impago de alguno de los socios que reciben dicho crédito.
Una entidad financiera concede un crédito en base a los siguientes requisitos principales:
- Existencia de un proyecto de futuro generador de recursos.
- Capacidad de pago para hacer frente al capital e intereses del préstamo.
- Garantía exigible como alternativa al pago.
De tal forma que, esta garantía se hace necesaria para que personas o grupos con bajos
ingresos puedan acceder a financiación con condiciones más ventajosas que si acudiesen directamente a la entidad financiera a pedir financiación. En un
proceso de garantía mutua, existen dos tipos de socios:
- Socios participantes, beneficiaros de los servicios (únicamente pymes o microempresas).
- Socios protectores, aportantes de fondos que respaldan el microcrédito (cualquier tercero).
Las ventajas para los socios partícipes son las siguientes:
1. Facilidad en el acceso al crédito, consiguiendo mejores condiciones (plazo del crédito, tipo de interés, velocidad de otorgamiento, etc.)
2. No necesidad de afectar bienes patrimoniales para obtener el crédito.
3. Asesoramiento especializado.
4. Deducciones fiscales.
Ventajas para los socios protectores son las siguientes:
1. Desarrollo económico de la zona, con su consiguiente bienestar general.
2. Deducción fiscal.