Título de crédito mediante el cual quien lo emite se obliga a pagar un importe en una fecha específica.
Es aquel documento en el que la parte signataria reconoce una deuda ante un acreedor y se obliga a pagarla junto con los intereses correspondientes.
A su vez existen diferentes títulos de crédito en función de a quién va dirigido:
- Título de crédito al portador: en el que no se especifica el nombre de la a la que va dirigido.
- Título de crédito nominativo: se indica el nombre de la persona.
En la letra de cambio intervienen las siguientes personas:
- El librado: que es la persona a la que se la da la orden de pago
- El librador: la persona que ordena hacer el pago
- El fiador o avalista: aquel que garantiza el pago de la letra