salvedad

Se llaman salvedades a las excepciones que el auditor hace a alguna de las afirmaciones genéricas contenidas en el dictamen favorable del informe de auditoría.

Los tipos de opinión de un informe de auditoría pueden ser:

a) Favorable

b) Con salvedades

c) Desfavorable

d) Denegada La opinión con salvedades es aplicable cuando el auditor estima que existen una o varias circunstancias que se deban reflejar, siempre que sean significativas en relación con las cuentas anuales tomadas en su conjunto.

Las circunstancias que pueden dar lugar a una opinión con salvedades son las siguientes:

1. Limitación al alcance del trabajo realizado.Hace referencia cuando el auditor no puede aplicar los procedimientos de auditoría requeridos por las Normas Técnicas de auditoría o aquellos otros procedimientos adicionales que el auditor considera necesarios para verificar que las cuentas anuales presentan la imagen fiel de la entidad auditada.Las limitaciones al alcance de la auditoría pueden provenir de la propia entidad auditada o venir impuestas por las circunstancias. Cuando las limitaciones sean muy significativas e impuestas por la entidad, el auditor de cuentas deberá denegar su opinión sobre las cuentas anuales. En el informe se debe describir tal limitación y en la redacción del párrafo de la opinión se debe manifestar que se emite con salvedad en relación de los posibles ajustes a los estados financieros que pudieran haberse determinado de no haber existido la limitación.

2. Errores o incumplimiento de los principios y normas contables generalmente aceptados, incluyendo omisiones de información necesaria. Si el auditor estima que el efecto es significativo, el auditor deberá expresar una opinión con salvedades, o en aquellos casos en los que el incumplimiento refleje que las cuentas anuales no presentan la imagen fiel de la entidad, una opinión desfavorable.

3.Existe una incertidumbre significativa que afecta a los estados financieros cuya resolución depende de eventos futuros. Dependiendo de las circunstancias, el auditor emitirá una opinión con salvedades o, en casos excepcionales, denegará su opinión.

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