crowdlending

Cuando las personas se prestan dinero entre ellos y a empresas, generalmente en pequeñas cantidades, utilizando como elemento de contacto una página web.

Al igual que el crowdfunding, se trata de una plataforma de financiación participativa que consiste en que muchos ahorradores prestan pequeñas cantidades de dinero a otras personas o a pequeñas empresas a cambio de un interés que depende del riesgo de la inversión. Cuando el riesgo es alto el tipo de interés será mayor. El rating o valoración del riesgo de la inversión lo hace una empresa que es la que gestiona la página web que pone en contacto a inversores con los demandantes de préstamos.

Es importante tener en cuenta que los préstamos no están garantizados, es decir, que el inversor asume el riesgo de sus decisiones, por lo que generalmente los inversores realizan pequeños préstamos en distintos proyectos.

Están reguladas por la Ley 5/2015 que establece que las PFP requieren de autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y deberán disponer en todo momento de a) un capital social íntegramente desembolsado en efectivo de al menos 60.000 euros, o b) un seguro de responsabilidad civil profesional, un aval u otra garantía equivalente que permita hacer frente a la responsabilidad por negligencia en el ejercicio de su actividad profesional, con una cobertura mínima de 300.000 euros por reclamación de daños, y un total de 400.000 euros anuales para todas las reclamaciones, o c) una combinación de capital inicial y de seguro de responsabilidad civil profesional, aval u otra garantía equivalente que dé lugar a un nivel de cobertura equivalente al de las letras a) y b) anteriores.

Es importante destacar que en el artículo 61 se establecen las exigencias de información que deben reunir las páginas web, en particular que la advertencia de que la plataforma de financiación participativa no ostenta la condición de empresa de servicios de inversión, ni entidad de crédito y de que no está adherida a ningún fondo de garantía de inversiones o fondo de garantía de depósitos. Aunque este tipo de empresas requieren de la autorización de la CNMV y su incorporación en el Registro Oficial de Plataformas de Financiación Participativa, debe tenerse en cuenta y deben advertir también en las páginas web que los proyectos que se ofrecen para financiación participativa no son objeto de autorización ni de supervisión por la Comisión Nacional del Mercado de Valores ni por el Banco de España y de que la información facilitada por el promotor no ha sido revisada por ellos, ni, en el caso de emisión de valores, constituye un folleto informativo aprobado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.