IBI

Es el acrónimo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y afecta a todas las personas, físicas o jurídicas, que sean propietarias de una finca o inmueble, ya sea este rústico, urbano o de características especiales.

En España, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un impuesto obligatorio cedido a las Haciendas Locales, es decir, los Ayuntamientos son los encargados de su recaudación.

También tienen que hacer frente al IBI los titulares de una concesión administrativa sobre los propios inmuebles o sobre los servicios públicos a que se hallen afectos, de un derecho real de superficie, de un derecho real de usufructo o del derecho de propiedad, siempre que éstos sean sobre un bien sujeto al impuesto.

El valor catastral de los bienes inmuebles constituye la base imponible de este impuesto, por lo tanto, el Catastro tiene un papel esencial en la aplicación del Impuesto sobre los Bienes Inmuebles.

En el caso de alquiler o arrendamiento de una vivienda, el IBI corre a cargo del propietario o arrendador, salvo acuerdo en contrario.

En nuestra web En Letra Grande puedes ver explicaciones detalladas de diversos documentos sobre el IBI y otros impuestos.