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Es un producto financiero a través del cual el beneficiario adquiere la
cantidad que solicita, integra, tras la firma del contrato, es decir, al inicio
de la operación.
Intervienen dos partes y puede haber una tercera; el prestamista concede un
capital al prestatario. El prestamista es la persona o entidad que proporciona
el capital y el prestatario es quien solicita la cuantía, por tanto, el
prestatario es también el titular y beneficiario del préstamo. El tercer
interviniente puede ser el avalista, la persona que responderá por el
prestatario en caso de que éste no pueda hacerse cargo de devolver la deuda.
La cantidad de dinero solicitada se denomina principal, pero el prestatario
devolverá el préstamo (el principal) más los intereses, pagando cuotas
regulares durante un plazo de tiempo variable (corto o largo plazo) previamente
acordado con el prestamista, y recogido en el contrato.
También es posible que haya una comisión de apertura y te informen de
cuánto sería la comisión en caso de cancelación anticipada. Infórmate bien de
todo ello y de la TAE, para conocer exactamente cuánto pagarás y poder comparar
las condiciones con las de otros préstamos.
Existen varios tipos de préstamos:
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Préstamo
al consumo: hace referencia al objetivo de la compra, pudiendo ser bienes de
consumo como electrodomésticos, por ejemplo.
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Préstamo personal:
hace referencia a la garantía que el cliente ofrece al banco ya que responderá
con sus propios bienes, y el préstamo va destinado a cubrir necesidades
personales.
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Préstamo
hipotecario: generalmente dirigido a la compra o rehabilitación de un inmueble.
Se responde con el bien hipotecado.
Hablamos de “Periodo de carencia” o “Carencia de un préstamo” cuando
durante un periodo determinado se exime al prestatario del pago de la deuda.
Generalmente, el “Periodo de carencia” es parcial; durante determinadas cuotas
el deudor paga únicamente los intereses correspondientes, sin amortizar el
principal.
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